8 de noviembre de 2024

El sector agrícola aragonés está presente en EIMA 2024

Once empresas aragonesas han participado en en la 46º edición de la feria EIMA Internacional , 9 de ellas son socios del Clúster Aragonés de los Medios de Producción Agrícolas y Ganaderos (CAMPAG).

CAMPAG en la Feria

Un total de once empresas aragonesas han participado en la 46ª edición de la feria EIMA Internacional, de las cuales nueve son miembros del Clúster Aragonés de los Medios de Producción Agrícolas y Ganaderos (CAMPAG).

En esta edición, las empresas asociadas al clúster CAMPAG participan en un stand agrupado, organizado con el apoyo de AGRAGEX, Aragón Exterior y CAMPAG. Entre ellas destacan:

  • Agro Intelligent: especializada en digitalización y herramientas tecnológicas para facilitar el trabajo de agricultores y ganaderos.
  • Arados Fontán: ofrece soluciones de arado reversibles y regulables para tractores de potencias medias y altas.
  • BMC Agrícola: fabricante y distribuidor de abonadoras y sus componentes.
  • Maquinaria Agrícola El León: produce palas cargadoras, implementos para tractores y retroexcavadoras, entre otros.

Además, en stands individuales participan nuestros socios Serrat Trituradoras, ITM Filters, GRUPO TENIAS y RIS Iberia.

Sobre EIMA Internacional

EIMA International, organizada desde 1969 por FederUnacoma (Federación Nacional de Fabricantes de Máquinas para la Agricultura) y BolognaFiere, es una de las ferias más relevantes para el sector agrícola a nivel mundial. En esta edición, los siguientes las siguientes categorías de maquinaria agrícola están presentes:
Máquinas para el saneamiento y la reforestación
Motores.
Tractores, motocultivadores, motosegadoras y motoexcavadoras.
Máquinas para el labrado y la preparación del terreno, siembra y abono
Máquinas para la protección de plantas y cultivos
Máquinas para el riego
Máquinas cosechadoras
Máquinas para el primer labrado y la conservación del producto
Máquinas para criaderos
Máquinas para industrias agrarias
Máquinas para el transporte del producto
Componentes, aperos y piezas de recambio
Máquinas para el jardín, para peques, equipos motorizados y manuales
Máquinas de distintas clases para la agricultura, para la cría y la limpieza de establos, máquinas y equipos para la producción de fuentes renovables de energía en la agricultura









Ingresa tus datos de acceso

El sector agrícola aragonés está presente en EIMA 2024

CANAL DE DENUNCIAS

NOTA:

Si opta por la denuncia anónima y no facilita una dirección de correo electrónico, no se le podrá remitir ninguna comunicación sobre el estado de la denuncia, tampoco en caso de que resultara imprescindible ampliar la información. Por ello le pedimos que compruebe el estado de su comunicación dentro de los 9 días hábiles siguientes utilizando el código de referencia que se le habrá facilitado al registrarla. La información y/o documentación adicional podrá ser aportada mediante la opción ‘Ampliar Denuncia’.

Se constituye el presente Canal de Denuncias (mediante Sistema Interno de Información, en adelante SII), en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a disposición de los informantes relacionados con la entidad en un contexto laboral o profesional. En concreto, (Artículo 3 de la Ley) para que los empleados o trabajadores de la entidad, autónomos, asociados o miembros de su estructura organizativa o directiva, subcontratistas, proveedores, o informantes que hayan tenido anterior relación, ya no vigente, en alguno de los casos expuestos, o se encuentren en fase de selección o negociación para tal relación, puedan informar acerca de los incumplimientos relacionados con las materias previstas en el Artículo 2 de la Ley:

a) Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea siempre que:

1.º Entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, con independencia de la calificación que de las mismas realice el ordenamiento jurídico interno; 

2.º Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); o

3.º Incidan en el mercado interior, tal y como se contempla en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.

b) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

El presente SII se establece como canal de información diferenciado de otros que pudieran existir en la entidad, garantizando la confidencialidad del informante y de las actuaciones posteriores, siendo el Responsable interno del mismo y encargado del expediente (Artículo 8 de la Ley).

El tratamiento de datos personales se someterá, en este trámite, a lo previsto en:

a) El Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
b) La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
c) La Ley Orgánica7/2021 de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, y en el presente título.

Se recuerda, en este tema, la Prohibición de represalias  y medidas de apoyo, de acuerdo con lo prevenido el los artículos 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley.