30 de octubre de 2025

CAMPAG participa en la mesa “Clusters AgTech de España” en Expo AgriTech 2025

Ayer participamos activamente en Expo AgriTech 2025, uno de los eventos más relevantes para la transformación digital del sector agroalimentario. La feria reunió a empresas tecnológicas, centros de investigación, administraciones y clústers que están impulsando la modernización del campo español.

Nuestra participación se centró en la intervención dentro de la mesa “Clusters AgTech de España”, un espacio estratégico para debatir el papel de los clústers en la organización, cohesión y modernización del ecosistema AgTech nacional.

Un sector históricamente fragmentado que comienza a conectarse

Durante la mesa, abordamos una realidad ampliamente reconocida:
el sector de la mecanización y la tecnología agraria en España ha estado tradicionalmente muy disperso, con esfuerzos aislados y poca coordinación entre territorios.

Sin embargo, este escenario está cambiando.
Los clusters AgTech están emergiendo como plataformas esenciales para:

  • Conectar empresas, agricultores, centros tecnológicos e instituciones.
  • Coordinar esfuerzos y ordenar un ecosistema que crece rápidamente.
  • Impulsar proyectos de innovación con impacto real en el campo.
  • Facilitar la adopción de tecnologías que mejoran la eficiencia y sostenibilidad.

En este contexto, la mesa permitió compartir retos comunes y oportunidades para avanzar hacia un sector más integrado y competitivo.

Desde CAMPAG presentamos nuestra experiencia como, destacando:

  • Nuestro trabajo para potenciar la digitalización y modernización del sector agrícola y ganadero.
  • Las iniciativas que estamos desarrollando junto a empresas y centros de investigación aragoneses.
  • El valor de la colaboración interclúster para reforzar la competitividad del ecosistema AgTech en todo el país.

También, aprovechamos la ocasión para comentar el impulso que estamos dando a Agrarea, la nueva plataforma nacional de Agrotech liderada por nosotros y que cuenta con el apoyo del Clúster FEMAC; una iniciativa que busca conectar, fortalecer y visibilizar el ecosistema de innovación agroalimentario en todo el país.

Sin lugar a dudas, la mesa dejó claro que la suma de capacidades entre territorios es imprescindible para que España avance hacia una agricultura verdaderamente digital.

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CAMPAG participa en la mesa “Clusters AgTech de España” en Expo AgriTech 2025

CANAL DE DENUNCIAS

NOTA:

Si opta por la denuncia anónima y no facilita una dirección de correo electrónico, no se le podrá remitir ninguna comunicación sobre el estado de la denuncia, tampoco en caso de que resultara imprescindible ampliar la información. Por ello le pedimos que compruebe el estado de su comunicación dentro de los 9 días hábiles siguientes utilizando el código de referencia que se le habrá facilitado al registrarla. La información y/o documentación adicional podrá ser aportada mediante la opción ‘Ampliar Denuncia’.

Se constituye el presente Canal de Denuncias (mediante Sistema Interno de Información, en adelante SII), en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a disposición de los informantes relacionados con la entidad en un contexto laboral o profesional. En concreto, (Artículo 3 de la Ley) para que los empleados o trabajadores de la entidad, autónomos, asociados o miembros de su estructura organizativa o directiva, subcontratistas, proveedores, o informantes que hayan tenido anterior relación, ya no vigente, en alguno de los casos expuestos, o se encuentren en fase de selección o negociación para tal relación, puedan informar acerca de los incumplimientos relacionados con las materias previstas en el Artículo 2 de la Ley:

a) Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea siempre que:

1.º Entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, con independencia de la calificación que de las mismas realice el ordenamiento jurídico interno; 

2.º Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); o

3.º Incidan en el mercado interior, tal y como se contempla en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.

b) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

El presente SII se establece como canal de información diferenciado de otros que pudieran existir en la entidad, garantizando la confidencialidad del informante y de las actuaciones posteriores, siendo el Responsable interno del mismo y encargado del expediente (Artículo 8 de la Ley).

El tratamiento de datos personales se someterá, en este trámite, a lo previsto en:

a) El Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
b) La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
c) La Ley Orgánica7/2021 de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, y en el presente título.

Se recuerda, en este tema, la Prohibición de represalias  y medidas de apoyo, de acuerdo con lo prevenido el los artículos 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley.