12 de mayo de 2025

CULTIVA 2025

El pasado 8 de mayo, participamos en la Jornada CULTIVA 2025, celebrada en una finca de regadío en Alcañiz (Teruel). Este evento se ha consolidado como el punto de encuentro anual para agricultores, técnicos, investigadores y empresas que buscan estar al día con las últimas innovaciones del sector agrícola. Con el respaldo de la Red Arax y Cooperativas Agroalimentarias de Aragón, CULTIVA reúne cada año a más de 1.000 asistentes.

Una carpa compartida con aliados estratégicos

En esta edición, organizamos una carpa conjunta junto a nuestros socios GASCON INTERNATIONAL, ARADOS FONTÁN y ATRIA, con quienes compartimos el compromiso de transformar la agricultura desde la innovación y la sostenibilidad.

Gascón International

Presentó un subsolador hidroneumático, diseñado para mejorar la estructura del suelo de forma eficiente, y un rodillo doble cortante, ideal para la gestión de cubiertas vegetales, reduciendo la erosión y mejorando la fertilidad del terreno.

Arados Fontán

Expuso un arado de 3 cuerpos y realizó demostraciones en campo con su modelo de arado rasetas, mostrando su capacidad de trabajo en diferentes condiciones del terreno con gran precisión y durabilidad.

ATRIA

Compartió su sistema de conducción autónoma para el sector agrícola, una solución puntera que permite aumentar la eficiencia operativa y avanzar hacia una agricultura más automatizada y precisa.

Defeder Alcolea: nueva imagen, mismo compromiso

Desde Defeder Alcolea, aprovecharon la jornada para presentar su nueva imagen corporativa y dar a conocer a su nuevo equipo directivo, reflejo de una etapa de renovación y crecimiento. Además, en la parcela de demostración, mostraron sus productos y los excelentes resultados obtenidos en cultivos de cereal, destacando por su alto rendimiento y su compromiso con el respeto al medio ambiente.

Ingresa tus datos de acceso

CULTIVA 2025

CANAL DE DENUNCIAS

NOTA:

Si opta por la denuncia anónima y no facilita una dirección de correo electrónico, no se le podrá remitir ninguna comunicación sobre el estado de la denuncia, tampoco en caso de que resultara imprescindible ampliar la información. Por ello le pedimos que compruebe el estado de su comunicación dentro de los 9 días hábiles siguientes utilizando el código de referencia que se le habrá facilitado al registrarla. La información y/o documentación adicional podrá ser aportada mediante la opción ‘Ampliar Denuncia’.

Se constituye el presente Canal de Denuncias (mediante Sistema Interno de Información, en adelante SII), en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a disposición de los informantes relacionados con la entidad en un contexto laboral o profesional. En concreto, (Artículo 3 de la Ley) para que los empleados o trabajadores de la entidad, autónomos, asociados o miembros de su estructura organizativa o directiva, subcontratistas, proveedores, o informantes que hayan tenido anterior relación, ya no vigente, en alguno de los casos expuestos, o se encuentren en fase de selección o negociación para tal relación, puedan informar acerca de los incumplimientos relacionados con las materias previstas en el Artículo 2 de la Ley:

a) Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea siempre que:

1.º Entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, con independencia de la calificación que de las mismas realice el ordenamiento jurídico interno; 

2.º Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); o

3.º Incidan en el mercado interior, tal y como se contempla en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.

b) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

El presente SII se establece como canal de información diferenciado de otros que pudieran existir en la entidad, garantizando la confidencialidad del informante y de las actuaciones posteriores, siendo el Responsable interno del mismo y encargado del expediente (Artículo 8 de la Ley).

El tratamiento de datos personales se someterá, en este trámite, a lo previsto en:

a) El Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
b) La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
c) La Ley Orgánica7/2021 de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, y en el presente título.

Se recuerda, en este tema, la Prohibición de represalias  y medidas de apoyo, de acuerdo con lo prevenido el los artículos 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley.