26 de febrero de 2025

SITEVI 2025 junto a Aragón Exterior y CAMPAG

Participa en la próxima edición de SITEVI con apoyo de AREX en colaboración con el clúster CAMPAG.

SITEVI: La Feria Internacional de la Viña, el Vino, la Fruta y el Olivo

Cada dos años, profesionales de la viticultura, vinicultura, arboricultura y olivicultura se dan cita en SITEVI, el salón internacional que ofrece acceso a los equipos y conocimientos técnicos más avanzados del sector. Desde el laboreo hasta la cosecha, pasando por la transformación, el embotellado y el envasado, SITEVI es el punto de referencia para quienes buscan innovación y oportunidades de negocio.

En su edición de 2023, SITEVI reunió a casi 55.000 visitantes de 73 países, consolidándose como una plataforma clave para el intercambio de conocimientos y la exhibición de tecnología de vanguardia.

Modalidades de Participación

Las empresas interesadas en asistir a la feria pueden hacerlo a través de un stand individual, ya sea en el espacio interior o en la zona exterior del evento.

En el caso de las empresas aragonesas, se ofrece un apoyo económico condicionado a la participación de un mínimo de cuatro empresas de la región.

AREX brinda un respaldo financiero que cubre hasta el 50% del coste del stand, con un límite máximo de 2.000€ por empresa. Esta ayuda está diseñada para facilitar la presencia de las empresas aragonesas en un evento de relevancia internacional.

Fecha Límite de Inscripción

Las empresas interesadas en participar con el apoyo de AREX deben enviar el formulario de inscripción antes del 14 de marzo de 2025.

Proceso de Inscripción

  1. Inscribirse en el siguiente enlace: ME APUNTO
  2. Completar la inscripción en la web oficial de la feria: SITEVI, indicando los datos de facturación de Aragón Exterior.
  3. Aragón Exterior facturará a la empresa el coste del stand, aplicando el descuento correspondiente al apoyo económico otorgado.

Ingresa tus datos de acceso

SITEVI 2025 junto a Aragón Exterior y CAMPAG

CANAL DE DENUNCIAS

NOTA:

Si opta por la denuncia anónima y no facilita una dirección de correo electrónico, no se le podrá remitir ninguna comunicación sobre el estado de la denuncia, tampoco en caso de que resultara imprescindible ampliar la información. Por ello le pedimos que compruebe el estado de su comunicación dentro de los 9 días hábiles siguientes utilizando el código de referencia que se le habrá facilitado al registrarla. La información y/o documentación adicional podrá ser aportada mediante la opción ‘Ampliar Denuncia’.

Se constituye el presente Canal de Denuncias (mediante Sistema Interno de Información, en adelante SII), en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a disposición de los informantes relacionados con la entidad en un contexto laboral o profesional. En concreto, (Artículo 3 de la Ley) para que los empleados o trabajadores de la entidad, autónomos, asociados o miembros de su estructura organizativa o directiva, subcontratistas, proveedores, o informantes que hayan tenido anterior relación, ya no vigente, en alguno de los casos expuestos, o se encuentren en fase de selección o negociación para tal relación, puedan informar acerca de los incumplimientos relacionados con las materias previstas en el Artículo 2 de la Ley:

a) Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea siempre que:

1.º Entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, con independencia de la calificación que de las mismas realice el ordenamiento jurídico interno; 

2.º Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); o

3.º Incidan en el mercado interior, tal y como se contempla en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.

b) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

El presente SII se establece como canal de información diferenciado de otros que pudieran existir en la entidad, garantizando la confidencialidad del informante y de las actuaciones posteriores, siendo el Responsable interno del mismo y encargado del expediente (Artículo 8 de la Ley).

El tratamiento de datos personales se someterá, en este trámite, a lo previsto en:

a) El Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
b) La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
c) La Ley Orgánica7/2021 de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, y en el presente título.

Se recuerda, en este tema, la Prohibición de represalias  y medidas de apoyo, de acuerdo con lo prevenido el los artículos 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley.