28 de octubre de 2024

Conectando Mercados: La tercera Misión Comercial Inversa en el marco de FERMA

Tras meses de arduo trabajo, nos llena de orgullo compartir el éxito de la tercera edición de la misión comercial inversa en la Feria Regional de Barbastro (FERMA), que tuvo lugar del 15 al 17 de octubre. Este evento ha demostrado una vez más su valor como motor de crecimiento y su papel fundamental en el posicionamiento internacional del sector agroindustrial aragonés.

Esta iniciativa fue posible gracias a la colaboración y esfuerzo conjunto con la Cámara de Comercio de Huesca y el Ayuntamiento de Barbastro, quienes siguen apostando por abrir puertas a nivel internacional para las empresas del sector. 

En esta edición, participaron nuestros asociados, tales como: Lecitech, Gascon International, Grupo Tatoma, Trituradoras Serrat, Remolques Beguer, BMC Agrícola, Carod, Palas el León, Arados Fontán, Grupo Tenías y Agrotécnica Los Antonios. Cada uno de estos socios mostró sus capacidades, su compromiso con la calidad y su experiencia en el sector.

Participación Internacional y Conexiones Clave

Este año, recibimos a potenciales clientes internacionales de Estonia, Irlanda, México, Letonia, Francia y Australia. Estos compradores tuvieron la oportunidad de conocer de primera mano las instalaciones y los procesos de nuestros fabricantes participantes.

Durante la misión, se llevaron a cabo 107 reuniones entre exportadores aragoneses e importadores internacionales. Además, organizamos visitas a las instalaciones de cada empresa participante, sumando un total de 12 visitas.

Esta misión comercial inversa ha sido una valiosa plataforma para fortalecer la presencia de la industria aragonesa en mercados internacionales, y seguiremos trabajando juntos para ampliar estas oportunidades en el futuro. 

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Conectando Mercados: La tercera Misión Comercial Inversa en el marco de FERMA

CANAL DE DENUNCIAS

NOTA:

Si opta por la denuncia anónima y no facilita una dirección de correo electrónico, no se le podrá remitir ninguna comunicación sobre el estado de la denuncia, tampoco en caso de que resultara imprescindible ampliar la información. Por ello le pedimos que compruebe el estado de su comunicación dentro de los 9 días hábiles siguientes utilizando el código de referencia que se le habrá facilitado al registrarla. La información y/o documentación adicional podrá ser aportada mediante la opción ‘Ampliar Denuncia’.

Se constituye el presente Canal de Denuncias (mediante Sistema Interno de Información, en adelante SII), en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a disposición de los informantes relacionados con la entidad en un contexto laboral o profesional. En concreto, (Artículo 3 de la Ley) para que los empleados o trabajadores de la entidad, autónomos, asociados o miembros de su estructura organizativa o directiva, subcontratistas, proveedores, o informantes que hayan tenido anterior relación, ya no vigente, en alguno de los casos expuestos, o se encuentren en fase de selección o negociación para tal relación, puedan informar acerca de los incumplimientos relacionados con las materias previstas en el Artículo 2 de la Ley:

a) Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea siempre que:

1.º Entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, con independencia de la calificación que de las mismas realice el ordenamiento jurídico interno; 

2.º Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); o

3.º Incidan en el mercado interior, tal y como se contempla en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.

b) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

El presente SII se establece como canal de información diferenciado de otros que pudieran existir en la entidad, garantizando la confidencialidad del informante y de las actuaciones posteriores, siendo el Responsable interno del mismo y encargado del expediente (Artículo 8 de la Ley).

El tratamiento de datos personales se someterá, en este trámite, a lo previsto en:

a) El Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
b) La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
c) La Ley Orgánica7/2021 de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, y en el presente título.

Se recuerda, en este tema, la Prohibición de represalias  y medidas de apoyo, de acuerdo con lo prevenido el los artículos 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley.