Sobre Nosotros

El inicio de la marca LARROSA ARNAL, S.L. se sitúa a principios de los años 40, aunque los antepasados de los socios fundadores ya se dedicaban a la fabricación y reparación de aperos agrícolas desde generaciones anteriores. Por ello, para encontrar las raíces de esta empresa debemos remontarnos a principios de 1900, período en el que dos familias distintas venían dedicándose a esta actividad: la familia Larrosa y la familia Arnal. Desde sus comienzos, la actividad de LARROSA ARNAL, S.L. se centra, principalmente, en la fabricación de sembradoras, arados y otros aperos para el campo. En la actualidad, LARROSA ARNAL, S.L. fabrica diferentes productos agrícolas, entre los que destaca una amplia variedad de Sembradoras de Cereales, diseñadas para conseguir una siembra perfecta, y para obtener la máxima precisión y eficiencia posible, incluso en las peores condiciones.

Al margen de estas Sembradoras, Larrosa Arnal ha ampliado la gama de productos que ofrece incluyendo nuevos modelos de productos que, lógicamente, son de mayores dimensiones y más sofisticados, de acuerdo a la evolución del mercado agrario.

Además, las herramientas fabricadas por LARROSA ARNAL, S.L. siempre han destacado por tener un diseño diferente a las fabricadas por el resto de empresas. Todas las herramientas producidas por esta empresa se caracterizan por su robustez y su duración ilimitada en el tiempo. El resultado son unas herramientas que, a la hora de comprarlas, cuestan más dinero, aunque son económicamente más rentables a largo plazo, pues no dan problemas y duran mucho más.

Productos y Servicios

Datos de Contacto

LARROSA ARNAL, S.L.
Pol. La Sarretilla
CTRA. Cariñena, Km 62
Belchite, Zaragoza

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CANAL DE DENUNCIAS

NOTA:

Si opta por la denuncia anónima y no facilita una dirección de correo electrónico, no se le podrá remitir ninguna comunicación sobre el estado de la denuncia, tampoco en caso de que resultara imprescindible ampliar la información. Por ello le pedimos que compruebe el estado de su comunicación dentro de los 9 días hábiles siguientes utilizando el código de referencia que se le habrá facilitado al registrarla. La información y/o documentación adicional podrá ser aportada mediante la opción ‘Ampliar Denuncia’.

Se constituye el presente Canal de Denuncias (mediante Sistema Interno de Información, en adelante SII), en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a disposición de los informantes relacionados con la entidad en un contexto laboral o profesional. En concreto, (Artículo 3 de la Ley) para que los empleados o trabajadores de la entidad, autónomos, asociados o miembros de su estructura organizativa o directiva, subcontratistas, proveedores, o informantes que hayan tenido anterior relación, ya no vigente, en alguno de los casos expuestos, o se encuentren en fase de selección o negociación para tal relación, puedan informar acerca de los incumplimientos relacionados con las materias previstas en el Artículo 2 de la Ley:

a) Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea siempre que:

1.º Entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, con independencia de la calificación que de las mismas realice el ordenamiento jurídico interno; 

2.º Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); o

3.º Incidan en el mercado interior, tal y como se contempla en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.

b) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

El presente SII se establece como canal de información diferenciado de otros que pudieran existir en la entidad, garantizando la confidencialidad del informante y de las actuaciones posteriores, siendo el Responsable interno del mismo y encargado del expediente (Artículo 8 de la Ley).

El tratamiento de datos personales se someterá, en este trámite, a lo previsto en:

a) El Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
b) La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
c) La Ley Orgánica7/2021 de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, y en el presente título.

Se recuerda, en este tema, la Prohibición de represalias  y medidas de apoyo, de acuerdo con lo prevenido el los artículos 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley.